• Finanzas personales

  • Economía

¿El Estado me da plata si me afectó el terremoto?

Estas son las ayudas que tiene la ADRES pa' las personas afectadas por el terremoto en Colombia.

Autora: Paula Bedoya

26 de agosto de 2026

¿Usted o alguien que conoce perdió a un familiar en el terremoto? Comparta esta nota porque el Estado le debe una plata y es probable que no sepa.

Resulta que con el terremoto del 10 de agosto en Colombia, la Adres (la pipol que maneja la plata de la salud) está dando 3 beneficios:

  • Uno. Atención gratis en urgencias, hospitalización, cirugía, acceso a medicamentos y traslado en ambulancia.
  • Dos. Indemnización por la muerte de familiares o pareja y gastos funerarios (más o menos hasta $43 millones).
  • Tres. Indemnización por incapacidad.

¿Cómo es el tramite?

Tiene hasta 18 meses desde la muerte o la confirmación de que no puede trabajar para iniciar el trámite.

Lo puede hacer presencial en Bogotá en Av. El Dorado No. 69-76, Edificio Elemento, piso 10, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. O desde cualquier otro lugar del país ingresando a la página de la Adres si vive por fuera de Bogotá)

¿Qué papeles necesita?

Para cualquier de estos trámites necesita estos 4 documentos.

  • Uno. Formulario del proceso de la Adres (lo encuentra en la página web).
  • Dos. Certificado de la oficina de gestión del riesgo del municipio o ciudad en la que vive.
  • Tres. Fotocopia de la cédula o documento de identidad.
  • Cuatro. Certificado bancaria de cuenta de ahorros o corriente (no aceptan billeteras digitales).

Además, para cada trámite le piden papeles distintos.

Si va a reclamar por muerte necesita:

  • Registro civil de defunción. Si quien murió era su pareja debe tener el registro civil de matrimonio o prueba de que eran pareja si no estaban casados (como un certificado de unión libre).
  • Si era su mamá, papá o hermano u hermana, debe tener el registro civil de nacimiento.
  • También tiene que declarar si hay otros beneficiarios o no.

¿Y la indemnización?

Si tuvo un accidente que ahora le impide trabajar debe tener un certificado de gente experta (como la Junta Nacional o Regional de Calificación de Invalidez, un fondo de pensiones o la EPS) que califique su capacidad laboral después del accidente pa’ qué digan qué tan grave está y un resumen clínico de atención.

Y si está reclamando por una persona incapacitada, debe tener una sentencia de un juez que le permita ser su “tutor legal” (jurídicamente un curador).

Lo más importante es que este trámite es completamente gratuito, no necesita ningún tramitador o persona que lo haga por usted. Si le piden que pague, es una estafa.

Y si tiene dudas, puede llamar a este número: 601 432 27 60, extensión 1014, o escribir a este correo radicacionpndop@adres.gov.co.

Sobre la autora

Paula Bedoya
Paula Bedoya

Periodista de datos

Politóloga de la Universidad Nacional. Me gustan los datos.

  • Colombia
  • Terremoto
  • Indemnización
  • Plata

Compartir esta nota

  • whatsapp icon
  • linkedin icon
  • x icon