

Economía
¿De qué se trata la Jurisdicción Agraria que aprobó Petro?
El 27 de marzo se aprobó en Colombia la jurisdicción agraria, un espacio del sistema justicia que resolvería temas exclusivos de tierras. Aquí le explicamos qué quedó y qué falta.
Autora: Paula Bedoya
08 de abril de 2026
Pipol, en Colombia la mayoría de la tierra está en manos de unos pocos y eso ha generado muchas desigualdades y conflictos, pero el 27 de marzo Petro firmó la Ley 2770 en la que determina cómo será la Jurisdicción Agraria.
¿Qué es eso?
Según Andrés Bodensiek, magister en economía agrícola y de los alimentos, la jurisdicción agraria crea un nuevo espacio dentro del sistema judicial para aterrizar específicamente el derecho agrario, esta especialidad permitiría resolver conflictos agrarios tipo: ¿Quién es el dueño? ¿Quién lo ocupa? ¿Si era baldío o no?.
Hoy en día ese tipo de problemas terminan en juzgados civiles ordinarios y con jueces que no conocen mucho del derecho agrario. Eso genera procesos lentos, fallos que no tienen mucha coherencia y barreras enormes para que la pipol del campo accediera a la justicia. Es como ir al médico general cuando se necesita un especialista.
Para Jhon Noriega, abogado de la Universidad Libre y especialista en Derecho de Tierras en la Universidad Externado, además de esta visión jurídica, la jurisdicción también respondería a problemáticas sociales y de propiedad, uso y tenencia de tierra en el país.
Mientras que para el sistema judicial es la oportunidad de descongestionar los juzgados civiles, para las comunidades campesinas crea unas expectativas de que ayudaría a resolver problemas de concentración de tierra.
Un paréntesis…
Según un trabajo de Oxfam, Cristina Díaz y Ada López, la concentración de la tierra ha sido uno de los problemas más graves en Colombia.
Eso se puede ver, por ejemplo analizando el índice de Gini. Un indicador que se mueve entre 0 y 1, si es cercano a 0 quiere decir que hay una distribución más o menos igual, mientras que si es cercano a 1 la distribución es muy desigual.
Según un análisis del IGAC, el GINI nacional en predios rurales en 2024 era de 0,89. Y alcanza niveles más altos (0.99) en departamentos como Guainía, por ejemplo.
Por ese tipo de problemáticas, se hizo necesaria pensar en una forma específica de tramitar los asuntos de la propiedad de la tierra en Colombia. Incluso, esta jurisdicción agraria fue un compromiso del acuerdo de paz que firmó el Estado en 2016.
¿Entonces qué se aprobó?
Tanto Bodensiek como Noriega, reconocen que la jurisdicción agraria lleva un proceso de al menos 3 años. En 2023, con el acto legislativo 03 de ese año, con la que se modifica la constitución política para abrirle espacio a la jurisdicción dentro del sistema de justicia.
Pero el 27 de marzo, con la sanción del Presidente, se aprobó la creación de jueces y tribunales específicos para resolver asuntos relacionados a las tierras como por ejemplo:
- ¿Quién es el dueño de este predio?
- ¿A quién le corresponde qué?
- ¿Era baldío o propiedad privada?
- Conflictos entre pipol campesina y grandes propietarios.
También crearía centros de servicios judiciales y administrativos de apoyos técnicos, facilitadores agrarios y rurales que harían parte de la defensoría del pueblo, pero buscarían que las personas entiendan cómo funcionan estos juzgados y pueda acceder a ellos.
Además, habrá un órgano de cierre, o sea, gente con más poder judicial que resuelve tiene la última palabra cuando hay apelaciones en las decisiones de tribunales, por ejemplo. En este caso el órgano de cierre de dividiría en dos: la Corte Suprema de Justicia (sala) y el Consejo de Estado.
La idea es que estos espacios de la jurisdicción agraria puedan ser ocupados por profesionales más allá de abogados, gente que sepa de geografía, sistemas de información, etc. Así pueden tener una resolución más integral de los problemas.
¿Entonces la jurisdicción ya está lista?
No del todo. Lo que falta es la ley ordinaria, que define las reglas de juego concretas: los procedimientos, los tiempos y dónde quedarán ubicados los juzgados. Ese trámite está quedado en el Congreso y tiene plazo hasta el 20 de junio de 2026. Si no pasa, toca volverla a presentar pero esto atrasaría el inicio de la jurisdicción.
¿Qué cambiaría para la gente del campo?
Permitiría que la pipol campesina, indígena y afrodescendiente acuda a jueces que entiendan mejor las relaciones de propiedad en el campo y también podrían tener defensa judicial gratuita y procesos más rápidos. Para los grandes propietarios habría más claridad sobre las tierras que han comprado y cómo resolver problemas de trabajo en el campo.
Por eso toca ponerle cuidado al trámite de la ley orgánica en el Congreso, que se apruebe pronto y que ayude a descongestionar el sistema judicial. Por ejemplo, si asigna pocos jueces en departamentos como Sucre, Antioquia y Córdoba donde hay muchos líos de tierra, logísticamente sería difícil cumplir con los procesos en un buen tiempo.
¿Tienen más dudas? Pueden escribirnos a nuestro correo dudas@economiaparalapipol.com.
¿Qué fuentes consultamos pa’ este contenido?
- Jhon Noriega, abogado de la Universidad Libre y especialista en Derecho de Tierras en la Universidad Externado.
- Andrés Bodensiek, magister en economía agrícola y de los alimentos, experto en economía agraria.
- El acto legislativo 03 de 2023.
- La Ley 2770 de 2026.
- Un análisis de concentración de tierras del IGAC.
- El análisis de la concentración de tierras en Colombia, una radiografía rural de Oxfam. 2022.
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